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martes, 29 de marzo de 2016

PLD / FT, obligaciones mínimas


A raíz de los cambios y modificaciones a la legislación que regula las actividades de las entidades financieras en México, para cumplir los estándares internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, las entidades financieras tienen ciertas obligaciones mínimas genéricas en la materia. De una manera resumida, son las siguientes:

-Políticas de identificación y conocimiento del cliente o usuario 
-Integración, conservación y actualización de expedientes 
-Estructuras internas: 
    1. Oficial de Cumplimiento
    2.  Comité de Comunicación y Control.

-Reportes de operaciones inusuales, internas preocupantes y relevantes
-Manual en materia de PLD/FT
-Reporte de personas que ejercen el control y transmisión accionaria 
-Informe de auditoría
-Programa anual de capacitación a empleados de atención al público y que administren recursos
-Lista de personas bloqueadas
-Sistemas automatizados 

Estas obligaciones a su vez se encuentran contenidas en una serie de disposiciones de carácter general derivadas de las leyes que regulan al sistema financiero mexicano en la materia, y que son:

Los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito; 87-D, 95 y 95 Bis de la LeyGeneral de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 129 de la Ley de Uniones de Crédito; 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 71 y 72 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 212 de la Ley del Mercado de Valores; 91 de la Ley de Sociedades de Inversión; 108 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 112 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
FME CONTADORES, ofrece asesoría para el debido cumplimiento de obligaciones financieras y la realización de dictámenes técnicos así como Auditorías en materia PLD / FT, a través de sus profesionales certificados por la CNBV.





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domingo, 27 de marzo de 2016

CORRUPCIÓN EN MÉXICO, cáncer que avanza. ¿CONOCE LA LEY 3 DE 3?


Ya lo publicamos en nuestro blog en un artículo anterior:  CORRUPCIÓN, “México y Argentina son líderes”, México y Argentina son los dos países de América Latina con mayor percepción de aumento de la corrupción, según cifras de Transparencia Internacional.

“La corrupción genera inestabilidad y resta seguridad a las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética,  y la justicia al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley”, son las palabras que usa la ONU para llamar la atención de las naciones respecto a esta conducta nociva.

Causa daños a la moral y a la economía, es un fenómeno transnacional que afecta a gobiernos y sectores privados, lo que hace esencial la cooperación internacional para prevenirla y combatirla.

México se adhirió a la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, firmando la resolución 58/4 de la Asamblea General, del. 31 de octubre de 2003, sin embargo sólo parece la firma de un acuerdo con frases vanas. Los ciudadanos mexicanos poco hemos visto de avance  en el combate a la Corrupción que permea nuestra sociedad.

La “Convención” promueve la creación de un órgano de prevención de la corrupción, en su Art. 6 el cual será un órgano con la independencia necesaria, legal y económica para que puedan desempeñar sus funciones de manera eficaz y sin ninguna influencia indebida. Contrario a ello, la “Secretaría de la Función Pública” bajo las órdenes de Virgilio Andrade, ha estado envuelta en toda clase de polémicas:

  • Inició desde antes de 2012 un proceso de desaparición y fue disuelta; en 2013 , sin embargo bajo el Gobierno del Presidente Peña Nieto, le dio nuevo impuso a la decadente Secretaría nombrando un Nuevo Secretario (que obviamente no tiene la independencia necesaria)
  • La Secretaría Inició una muy pobre defensa y rendición de cuentas relativas a los escándalos de conflicto de intereses en el poder ejecutivo con los escándalos del caso “Casa Blanca” y “La Casa de Malinalco”
  • Al mismo Secretario se le atribuye la cercanía con Carlos Salinas de Gortari, expresidente de México y con Romero Deschamps, líder petrolero.
  • En 2016 la Secretaría se ha visto inmersa en el uso indebido por parte de Funcionarios de alto nivel, disponiendo indebidamente de viáticos y gastos de representación en el extranjero. Se ha criticado que la misma Secretaría que revisa al Gobierno Federal, no puede siquiera trasparentar sus propios gastos  y no lleva control de sus empleados.

Por otra parte el Artículo 13, de la citada “Convención” habla sobre la Participación de la Sociedad, de manera que el objetivo sea FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE PERSONAS Y GRUPOS QUE NO PERTENEZCAN AL SECTOR PÚBLICO”, igualmente busca reforzar estas medidas con :

  1. aumento de la transparencia y la promoción de la contribución de la ciudadanía
  2. garantizar el acceso eficaz del público a la información
  3. realizar actividades de información pública para fomentar la intransigencia con la corrupción
  4. respetar, promover y proteger la libertad de buscar, recibir, publicar y difundir información relativa a la corrupción

Asimismo el documento promueve a Garantizar el conocimiento de lucha contra la corrupción y “facilitar acceso de los ciudadanos a los órganos encargados de la represión a la corrupción, para efectuar denuncias, inclusive anónimas, de cualesquiera incidentes que puedan considerarse constitutivos de un delito tipificado”.

En este sentido la Sociedad se ha organizado a través de la llamada LEY 3 DE 3

Esta propuesta se ha denominado 3 de 3 porque busca crear la obligación de los Servidores Públicos de presentar tres declaraciones, PATRIMONIAL, IMPUESTOS, INTERESES, que obligatoriamente deben ser públicas.

Esta última, busca exponer las relaciones económicas y comerciales que los funcionarios tengan por sí o por interpósita persona.

Recordemos que el Combate a la Corrupción forma parte de la política de prevención de lavado de dinero y blanqueamiento de activos.


FME CONTADORES, ofrece servicios  integrales en materia financiera, contable, fiscal, y RH 




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viernes, 25 de marzo de 2016

ATENCIÓN AL CLIENTE, ¿tus colaboradores son agentes de cambio?




¿Cuántas veces no nos ha ocurrido?, si vas a una tienda, restaurante, cafetería, etc. y como cliente te enfrentas a empleados que “te atienden”, y tienen más ganas de ir a dormir o que los dejes en paz, que prestarte sus servicios.

Como empresario, ¿capacitas adecuadamente a tu personal para atender al cliente?,¿o los dejas que desempeñen sus labores de manera pasiva?, “medioatendiendo” a tu clientela.

Desde los años 60’s  Walt Disney con la creación de sus parques temáticos, también puso especial atención en lo que se llamaría “la Universidad Disney”, que ha constituido la estrategia laboral y empresarial de este mundo de fantasía, y que ha forjado los valores y filosofías operacionales que mantienen en la cumbre a esta marca.

Disney basó el desempeño de sus colaboradores en 4 principios fundamentales:

  • Seguridad
  • Cortesía
  • Espectáculo y
  • Eficiencia


De esta manera logró simplificar lo complejo. ¿tu ayudas a tus empleados a comprender las prioridades y procedimientos de tu empresa?, ¿haces que los empleados se involucren activamente como agentes de cambio en tus negocios, o simplemente actúan como sujetos pasivos esperando órdenes?, ¿tienes políticas y procedimientos en tu empresa?, ¿tus colaboradores utilizan de manera consistente el uniforme de labores y el equipo de seguridad que les proporcionas?, de no ser así ¿por qué crees que no lo hacen?

¿sabes que como líder o jefe de tu área, tu eres el principal responsable de hacer valer y cumplir todos los procedimientos y políticas?

FME EMPLEO, ofrece servicios integrales en materia de recursos humanos y publicación de vacantes laborales.





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jueves, 24 de marzo de 2016

INTERACCIÓN CON PERSONAS DISCAPACITADAS, desarrollo personal


En la jornada laboral existen muchas interacciones personales que tomamos, ya sea que atendamos en un mostrador a los clientes, demos información telefónica a proveedores, gestionemos trámites de gobierno, nos comuniquemos con compañeros de trabajo para la solución de problemas, sin embargo la interacción con personas discapacitadas sigue siendo un tabú, como individuos no sabemos como reaccionar o interactuar con estas. Aquí unas recomendaciones, que le servirán no únicamente para el trabajo, sino para toda la vida:

  • Muéstrese todo lo natural y franco posible
  • Para llamar la atención de una persona sorda, toque suavemente su hombro o agite la mano
  • háblele y refiérase directamente a la persona discapacitada y no a su acompañante o auxiliar
  • Cuando hable con una persona en una silla de ruedas, o de corta estatura, colóquese al nivel de los ojos de la persona
  • Si una persona discapacitada necesita ayuda y está siéndole difícil lograr su objetivo, pida permiso para ayudarla.
  • Cuando hable con una persona con problemas de visión, identifíquese a sí mismo y a sus acompañantes. No alce la voz con una persona ciega o débil visual.
  • Trate a las personas discapacitadas de la misma manera que trataría a cualquier otro individuo, excepto por los puntos determinados anteriormente.


Contaré una anécdota:

Hace años, trabajaba para una empresa que requería los servicios de telecomunicaciones, y se me asignó un ejecutivo de cuenta que presentaría los servicios. Apenas lo ví, noté que carecía de la mano derecha, pues del extremo de la manga de su saco se asomaba un gancho metálico que escondía discretamente. Me causó conflicto tomar la decisión de saludarle, pues no sabía si ofrecer mi mano derecha o izquierda, rápidamente resolví el conflicto ofreciendo mi mano derecha como cualquier otra persona, de inmediato el me saludó con la izquierda. Pareciera un asunto sin importancia pero es un ejemplo del trato natural e igualitario que se debe brindar a personas con discapacidad.

FME BOLSA DE TRABAJO ofrece la publicación de vacantes laborales







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miércoles, 23 de marzo de 2016

México en el combate al financiamiento del terrorismo y lavado de dinero

Los recientes atentados terroristas en Bruselas, Bélgica, llevan a las naciones del mundo, además de lamentar y reprobar enérgicamente estos hechos, a plantearse al reforzamiento de las medidas  internacionales para prevenir y combatir los delitos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y la proliferación.

Desde hace años, México ha suscrito diversos acuerdos internacionales en esta materia, como lo son:


  • Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes  sustancias sicotrópicas de 1988


  • Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional del 2000


  • Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción de 2003


  • Convención internacional para la represión de la financiación del terrorismo de 1999


  • Convención interamericana contra el terrorismo de 2002


Aunque diferentes, en su tratamiento y forma, las acciones anteriormente enunciadas tienen como finalidad común la prevención, represión y combate al blanqueo de capitales, financiamiento al terrorismo y la proliferación. 

Además el Gobierno Federal a través de sus organismos creados ex-profeso participa activamente en Grupos como el GAFI*, Grupo Egmont de Inteligencia Financiera, El banco internacional de pagos y  y sigue de cerca las recomendaciones de organizaciones como El Grupo Wolfsberg, Gafisud,  las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, y del Fondo Monetario Internacional y el Banco mundial, entre otros.

*Grupo de Acción Financiera Internacional

FME CONTADORES, información siempre útil.





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domingo, 20 de marzo de 2016

GENTE DIFÍCIL, identificarla y saber tratarla -2a. parte-

No existe una forma única para tratar con gente difícil, depende del tipo de comportamiento que esta tenga pero existen formas genéricas de abordar el trato con estos individuos y tratar de enfocar a estas personas a adoptar patrones de comportamiento más positivos. 

Primero determine si el comportamiento le afecta en su persona, si es posible evitarla, es mejor, pero si el trato es continuo y muy directo, y además le ocasiona problemas, es hora de tomar estos consejos:

Encárela y retroalimente

La mejor forma es decirle a la persona directamente, en qué forma su comportamiento le afecta a usted. Expresando con claridad lo que desea. Se trata de aislar el tipo de comportamiento que le afecta en lo personal, dejando de lado críticas o valores personales que no estén en el contexto.  Es indispensable ser acertivo, como en las técnicas empleadas en el coaching.

Recurra al tacto y a la diplomacia
Es la herramienta más útil para evitar una confrontación directa. Por ejemplo: enfrentar a una persona negativa, generalmente se comienza aludiendo a sus mejores cualidades para de ahí pasar a una crítica constructiva. Si habla con un “sabelotodo”, es conveniente hacerle ver que “reconoce que es una persona creativa, dinámica y llena de energía y buenas ideas, pero sería conveniente que permitiera a otros expresar sus opiniones sobre el tema”

Reforzar el comportamiento educado y las buenas maneras
Un ejemplo usado con el chismoso: “Como sé que eres muy profesional, te comento que me he enterado por otros en la oficina que has estado hablando de mí a mis espaldas, sabes bien que soy muy tolerante, pero si te pusieras en mi lugar no sería de tu agrado escuchar esos comentarios, te pido abstenerte de ello”

Hacer tratos
Es decir a una solución negociada, si se enfrenta a un empleado que continuamente le solicita favores o permisos, establézcale un trato recíproco.  Si a condición de que se comprometa a realizar tareas que le beneficien a usted. Al principio se enojará, porque le parecerá exagerada la reciprocidad, así es que es importante mantenerse firme y no ceder.

Ayude a que tengan más confianza en sí mismos
En muchas ocasiones los sujetos que son negativos y a todo dicen que no, actúan de esa forma porque no tienen confianza en sí mismos y temen al fracaso. Si usted es el líder o jefe que dirige a estos subalternos, trate de encontrar tareas que fortalezcan su éxito


Un caso especial requiere el bravucón, si tiene dentro de sus subalternos a individuo de este tipo, hágale saber de manera directa que el comportamiento grosero y descortés no tiene cabida en ese lugar de trabajo.

Si usted es víctima de un bravucón, primeramente admita que está abusando de usted, no permita  bajo ningún motivo que se le intimide, esto significa tener confianza en sí mismo. Verifique su propio lenguaje corporal, quizá usted mismo agacha la cabeza, o da señales al otro de sumisión, lo hace ser una víctima potencial. Recurra a una autoridad dentro de la empresa a quien pueda presentar su queja, si es necesario consulte a un abogado. Este mismo caso, suele ser el inicio de otro tipo de acoso, como el acoso sexual, del que ya hablamos en artículos anteriores..

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sábado, 19 de marzo de 2016

GENTE DIFÍCIL, identificarla y saber tratarla

A través de toda la vida de un individuo, se van conociendo diversos tipos de personas, con todo tipo de caracteres y peculiaridades, sin embargo es seguro que se ha encontrado con personas difíciles y que las relaciones con ellas no suelen ser las más afables. Lo peor es cuando estas personas están en nuestro trabajo, y la interacción con ellos se hace a diario. Así que este artículo en materia de superación y desarrollo humano le ayudará no únicamente en su empleo, también a lo largo de la vida.

Aquí una lista de personas difíciles, ¿conoce alguna?, ¿sabe como tratarlas?

Sabelotodo: Se creen expertos en toda materia, siempre tienen una opinión sin importar el tema del que se trata. Cuando se equivocan le achacan la culpa a otros. Un tipo especial es el que vierte la culpa a todos los demás, pero no resuelven sus propios problemas o encaran una dificultad.

Bravucón: siempre intimidando a los demás. Son descorteses en grado sumo. Los identificará por sus desplantes violentos y groseros, lenguaje altanero y uso de palabras vulgares.

Repulsivos: tiene un aspecto poco aseado, hábitos descuidados al comer o comportarse. perturban a los que se encuentran a su alrededor.

Los que no saben decir no: Son personas que siempre están de acuerdo con todo, prometen cumplir cualquier tarea en cualquier plazo, pero no cumplen. Realizan citas, pero no llegan a ellas. De hecho muchos extranjeros, se refieren a que el Mexicano, no sabe decir no. 

Negativos: Al contrario de los anteriores, son personas pesimistas, siempre ven defectos o aseguran que los esfuerzos o trabajos no funcionarán, inflexibles al cambio gustan de vivir en su área de confort, y son quejumbrosos por naturaleza.

Quejumbrosos:  Son un grado superlativo del perfil anterior,  se quejan de la gente, de las actividades, del trabajo, se sienten explotados.

Chismosos:  Son los que difunden rumores negativos sobre los demás.

doble personalidad: con sus jefes o clientes son personas amables y agradables, pero son unos tiranos despóticos con sus subalternos.

Traidores: fingen ser amigos para usar toda la información confidencial que puedan obtener, después esta información se usa en forma exagerada en su contra, para desacreditarlo ante los demás.

Acaparadores: Son lo que siempre quieren los mejores lugares, los privilegios más grandes, acaparan la atención del jefe, hacen peticiones especiales, disponen de mucho tiempo para tratar supuestas enfermedades o problemas personales.

Esta es sólo una muestra de varios tipos de personalidades conflictivas, hay muchos otros e incluso algunos que tienen varios perfiles en una misma persona.

Ahora bien, ¿sabe como tratar a un persona difícil?

Este será un tema para un artículo posterior

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jueves, 17 de marzo de 2016

ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO, denuncia

El acoso sexual es una forma de conflicto interpersonal con repercusiones en el ámbito legal. Se exigen favores sexuales a cambio de un trato preferencial o bien para crear un ambiente hostil. Cifras exactas de acoso sexual en el trabajo son difíciles de determinar, dado que el acosado, no denuncia por vergüenza, temor a ser despedido o ser señalado por los mismos compañeros laborales.

La inclusión de este problema en la Ley Federal del Trabajo, con la reforma laboral del 2013 ha dado un primer paso en la protección a los empleados. La ley establece la diferencia entre acoso y hostigamiento, el primero es una forma de violencia en la que hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de la existencia de una relación de subordinación. En el caso de hostigamiento, se trata de un ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa a través de conductas verbales, físicas o ambas.

En general las empresas no cuentan con protocolos para registrar y tratar este tipo de conductas en el entorno laboral, las políticas deben enfocarse en prevenir, reprimir y denunciar este tipo de conflictos.

Una política de prevención laboral debe enfocarse en lograr que los empleados se abstengan de determinadas conductas que pudieran incitar conflictos sexuales.

Evitar:

1.- Comentarios inapropiados con connotaciones sexuales
2.- expresiones cariñosas y cumplidos sugestivos
3.- contacto físico y besos en el trabajo

No se trata de limitar el comportamiento de los empleados, pero es conveniente sugerir a través de manuales, recomendaciones para evitar estos comportamientos, y hablar abiertamente sobre la necesidad de denunciar comportamientos inadecuados

Una posibilidad para favorecer la denuncia es la apertura de un buzón de quejas confidenciales debidamente regulado, con la posibilidad de que intervenga un abogado, así como denunciar ante el ministerio público de la situación existente.

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miércoles, 16 de marzo de 2016

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, ¿qué es? y ¿cuáles son sus funciones?

De acuerdo con las disposiciones de carácter general del artículo 115 de la Ley de Instituciones  de Crédito es el ejecutivo, que se enuncia en el numeral 47, que desempeñará funciones y obligaciones relativas a informar, monitorear, supervisar, vigilar, evaluar y responder ante las autoridades respectivas, sobre el cumplimiento y observancia de la Ley en Materia de Prevención al Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.


El mismo numeral 47 determina que el comité de cada entidad  o bien su consejo de administración o directivo, según corresponda, designará de entre sus miembros, al funcionario que actuará como “oficial de cumplimiento” y que de ningún modo la figura del oficial de cumplimiento recaerá en personas que tengan funciones de auditoría interna en la entidad. Debe recaer su designación en un funcionario que sea independiente de las unidades de la Entidad encargadas de promover o gestionar los productos financieros que esta ofrezca a sus clientes o usuarios

El Oficial de Cumplimiento tendrá las siguientes funciones:

  1. elaborar y someter a la consideración del Comité el documento a que se refiere la 64a. de las presentes disposiciones, que contenga las políticas de identificación y conocimiento del cliente y del usuario, y los criterios, medidas y procedimientos que deberán adoptar para dar cumplimiento a lo previsto en estas disposiciones.
  2. verificar la correcta ejecución de las medidas adoptadas por el Comité, en ejercicio de las facultades previstas en la 43 de las presentes disposiciones
  3. Informar al comité respecto de conductas, actividades o comportamientos realizados por los directivos, funcionarios, empleados o apoderados de la Entidad, que provoque que esta incurra en infracción a lo dispuesto en la Ley o las presentes disposiciones, así como de los casos en que dichos directivos, funcionarios, empleados o apoderados contravengan lo previsto en el documento señalado en la fracción I de esta disposición, con objeto de que se impongan las medidas disciplinarias correspondientes.
  4. Hacer del conocimiento del Comité la celebración de contratos o apertura de cuentas en la entidad de que se trate, cuyas características pudieran generar un alto riesgo para la propia entidad.
  5. coordinar las actividades de seguimiento de operaciones, como las investigaciones que deban llevarse a cabo a nivel institucional, con la finalidad de que el Comité cuente con los elementos necesarios para dictaminarlas, en su caso, como operaciones inusuales u operaciones internas preocupantes. Para los efectos señalados en el párrafo anterior, el área a cargo del Oficial de Cumplimiento de cada entidad o, en su caso , el personal que este designe, verificará que se hayan analizados las alertas correspondientes y documentados las investigaciones respectivas
  6. Enviar a la Secretaría, por conducto de la Comisión, los reportes de Operaciones a que se refiere el numera 41 de las presentes disposiciones, así como aquellos que considere urgentes, e informar de ello al Comité, en su siguiente sesión.
  7. Fungir como instancia de consulta al interior de la entidad respecto de la aplicación de las presentes disposiciones, así como del documento a que se refiere el numeral 64*
  8. Definir las características, contenido y alcance de los programas de capacitación del personal de la entidad, a que hace referencia la 49a de estas disposiciones
  9. Recibir y verificar que la entidad dé respuesta, en los términos de las disposiciones legales aplicables, a los requerimiento de información y documentación, así como a las órdenes de aseguramiento o desbloqueo de cuentas que, por conducto de la Comisión, formulen las autoridades competentes en materia de prevención, investigación, persecución y sanción de conductas que pudiesen actualizar los supuestos previstas en los articulos 139, 148 bis, o 400 bis del código penal federal
  10. fungir como enlace entre el comité, la Secretaría y la Comisión, para los asuntos referentes a la aplicación de las presentes disposiciones
  11. Cerciorarse que el área a su cargo reciba directamente y dé seguimiento a los avisos emitidos por los empleados y funcionarios de la Entidad, sobre hechos y actos que puedan ser susceptibles de considerarse como Operaciones Inusuales u Operaciones Internas Preocupantes

*Numeral 64.- Cada entidad deberá elaborar y remitir a la Comisión, a través de los medios electrónicos que esta señale, un documento en el que dicha Entidad desarrolle sus respectivas políticas de identificación y conocimiento del cliente y del usuario, así como los criterios, medidas y procedimientos internos que deberá adoptar para dar cumplimiento a lo previsto en las presentes disposiciones, el cual deberá incluir una relación de los criterios, medidas, procedimientos y demás información, que por virtud de lo dispuesto en estas disposiciones pueda quedar plasmada en un documento distinto al antes mencionado. Las entidades deberán remitir a la Comisión las modificaciones que realicen al documento referido, dentro de 20 días hábiles siguientes a la fecha en que su respectivo comité de auditoría las apruebe, en los términos previstos en la fracción I de la 43 de las presentes disposiciones.


Cuando aquí hablamos sobre la Comisión, nos referimos a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores  (CNBV); la Secretaría se refiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); cuando hablamos sobre Comité, nos referimos al Comité de Comunicación y Control al que se refiere la Ley de Instituciones de Crédito.

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miércoles, 9 de marzo de 2016

PLD / FT, auditoría interna como línea de defensa y la función de los auditores externos

En materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo PLD / FT, diversos organismos internacionales han establecido parámetros mínimos para el combate internacional de ambos delitos. En este sentido, de acuerdo  a la adecuada gestión de los riesgos, documento elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea*, hay 3 líneas de defensa:

1.- las políticas y procedimientos adecuadamente aplicados en las operaciones de cara al público y contacto directo con clientes.
2.- el responsable ejecutivo de PLD / FT, que deberá hacerse responsable del seguimiento continuo del cumplimiento de todas las obligaciones en materia de PLD /FT, por parte del banco, en otras palabras, el oficial de cumplimiento, en la legislación mexicana.
3.- La auditoría interna, pues desempeña una función importante al evaluar de forma independiente la gestión y los controles del riesgo, rindiendo cuentas al comité de auditoría del Consejo de Administración o a un órgano de vigilancia.  El banco deberá implantar políticas para la realización de auditoría sobre:
  1. la adecuación de las políticas y procedimientos PLD/FT para tratar los riesgos identificados
  2. la eficacia de la aplicación de las políticas y procedimientos por parte del personal
  3. la eficacia de la vigilancia del cumplimiento y del control de calidad, incluyendo alertas automáticas
  4. la eficacia de los programas de formación de personal relevante del banco. La alta gerencia deberá garantizar que las funciones de auditoría se le asigne a personal experto en la materia y la experiencia adecuada para realizar dichas auditorías. La dirección deberá garantizar que el alcance y metodología de auditorías se adecuan al perfil de riesgo del banco y la frecuencia de auditorias dependerá del riesgo. Los auditores internos periódicamente deberán realizar auditorías PLD/FT de todo banco, y mostrar iniciativa en el seguimiento del resultado de sus trabajos y recomendaciones.

Ahora bien, a nivel internacional, los auditores externos desempeñan una importante función al evaluar los controles y procedimientos internos de los bancos en el curso de sus auditorías financieras y al confirmar que cumplen las regulaciones prácticas de supervisión en materia de PLD / FT. En los casos que el banco utilice auditores externos para evaluar la eficacia de las políticas y procedimientos en materia de PLD / FT, deberá garantizar que el alcance de la auditoría se adecua a los riesgo del banco y que los auditores asignados a estas labores disponen de los conocimientos y experiencia necesarios. Por ello son útiles la obtención de certificaciones tanto de organismos regulatorios nacionales como los es la Certificación en materia de PLD / FT de la CNBV o bien la de agencias externas como la ACAMS (Asociación de Especialistas Certificados en Antilavado de Dinero).

* el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, fue establecido en 1974 por los gobernadores de los bancos centrales del Grupo de los 10, su objetivo es promover estándares mundiales de supervisión eficientes, ejercido por el Banco de Pagos Internacionales, que promueve la cooperación entre los bancos centrales y otras agencias para lograr la estabilidad monetaria y financiera. Sus recomendaciones no contienen fuerza legal, son principios generalmente aceptados, y tomó su nombre de la ciudad de Basilea Suiza.


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