Powered By Blogger

domingo, 6 de julio de 2014

PRUEBA PERICIAL CONTABLE .- usos y abusos en la defensa por defraudación fiscal


El delito de defraudación fiscal, tal y como se enuncia en el Art. 108 del Código Fiscal (CFF)  establece que la autoridad fiscal debe probar, por parte del contribuyente, la comisión de acciones ilícitas o bien omisiones de las obligaciones para con la autoridad Fiscal.

Una vez que la autoridad recaudatoria, el SAT, valiéndose de sus atribuciones de fiscalización determina la realización de una verificación al contribuyente, para encontrar la probable comisión de delitos fiscales, y encontrados elementos de prueba formula un dictamen contable y el posible perjuicio fiscal, que es el daño al erario público, lo turna a la procuraduría fiscal para la formulación de la querella, dando aviso a la Procuraduría General de la República para integrar la averiguación previa y una vez encontrados elementos de prueba, turna esta averiguación ante un juez federal en materia penal, es entonces que puede iniciarse el proceso penal. 

Es pues aquí donde la pericial contable reviste gran importancia, pues se ofrece como prueba por parte del indiciado para desvirtuar las imputaciones en su contra. Su utilidad es de trascendental importancia para orientar el criterio del juzgador, debe ser elaborada por el asesor contable y el abogado defensor con pleno conocimiento de la totalidad de los actos y estrategia fiscal llevados a cabo por el contribuyente, ahora en proceso.

Deben tomarse las debidas precauciones al momento de integrar la pericial contable conjuntamente con los datos obtenidos de la visita de verificación de la autoridad fiscal, el cuestionario ofrecido por la defensa, la contabilidad y sus estados financieros, a manera de integrar una perspectiva global, debidamente engranada entre sí, para desvirtuar la acusación existente. Ese es su verdadero uso.

Sin embargo, la pericial contable, se ha venido empleando como un mecanismo de engaño para orientar la decisión del juez favoreciendo la parcialidad de la información que en ocasiones, de manera descarada induce a demostrar la indebida recolección de pruebas para tratar de exculpar al acusado. Igualmente se abusa de la pericial contable con el fin de ‘tratar de subsanar errores u omisiones pasadas’, o de usar esta pericial para darle ‘legalidad’ a actos contrarios a las leyes. Presentar este tipo de estrategias para la defensa del acusado, suele devenir en mayores problemas al tratar de inducir al error, al engaño o la simulación. La pericial contable no debe ser usada para ‘tratar de resolver errores u omisiones’, una adecuada planificación fiscal integrar ahora ayudará en el presente a evitar omisiones fiscales que pudieran ser motivo de revisión en el futuro.

En próxima entrega expondremos un caso sobre el uso indebido de la pericial contable.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia fiscal que le ayudarán a planificar adecuadamente sus pagos de impuestos o bien a solucionar los problemas ya existentes con el fisco.


No hay comentarios:

Publicar un comentario